LABORAL
La Generalitat abre plazo para la concesión de ayudas a empresas privadas destinadas a paliar los costes ocasionados por la reducción de la jornada laboral ordinaria a cuatro días o treinta y dos horas semanales y al incremento de la productividad en centros de trabajo ubicados en la Comunitat Valenciana.
Bases: ORDEN 7/2022 (DOGV 30-06-22) Convocatoria y extracto: RSL 04-04-2023 (DOGV 06-04-2023)
Plazo solicitudes 2023: desde el 11-04-2023 hasta el 31-05-2023, ambos días incluidos.
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22741
Los proyectos de reducción de la jornada laboral e incremento de la productividad que podrán ser objeto de la ayuda regulada en la presente convocatoria deberán cumplir los requisitos establecidos en la Base 5 de las bases reguladoras.
Específicamente la convocatoria para 2023 contempla 2 tipos de proyectos subvencionables:
a) Nuevos proyectos que se presenten por el primer año de compromiso empresarial de reducción de la jornada laboral ordinaria a tiempo completo aplicable al centro de trabajo que deberá consistir en una reducción mínima del 20 por cien de la jornada en cómputo semanal, cuando la jornada ordinaria sea equivalente a cuarenta horas semanales. Si en el momento de solicitud de la ayuda la empresa tiene implantada una jornada en cómputo semanal inferior a las cuarenta horas, el compromiso empresarial será de reducción a treinta y dos horas semanales.
b) Proyectos que estén en su segundo año de compromiso empresarial de reducción de la jornada laboral ordinaria porque obtuvieron, en el año 2022, resolución de concesión favorable al proyecto presentado en la convocatoria de 2022 y que, solo y exclusivamente, incorporen adicionalmente al proyecto alguna persona trabajadora que no estuviera incluida en el Plan elaborado en el ejercicio anterior.
2. Los proyectos que se encuentren en el segundo año de compromiso empresarial de reducción de la jornada laboral ordinaria porque obtuvieron, en el año 2022, resolución favorable al proyecto presentado en la convocatoria de 2022, sin que incluyan nuevas personas trabajadoras al Plan, no podrán ser objeto de una nueva resolución de concesión hasta que no haya finalizado el proceso de justificación de las ayudas obtenidas en el ejercicio anterior.